ANTE LA IMPUNIDAD DE LOS CIBERDELITOS

Interior crea el 'agente encubierto 2.0' para combatir la impunidad en la Red

El 95 por ciento de los ciberdelitos cometidos en España quedan impunes. Este dato, que obra en poder del Ministerio del Interior, es  una de las razones por las que el Departamento que dirige Jorge  Fernández Díaz decidió desarrollar una nueva regulación para los  agentes encubiertos que entrará en vigor el próximo 7 de diciembre, según fuentes conocedoras del proyecto.

Cibersur.com | 03/11/2015 13:39
El objetivo es eliminar los obstáculos con los que se encuentran a  la hora de perseguir delitos en la red los miembros de las fuerzas de  seguridad que actúan bajo la función de agente encubierto. Interior  asume que cada vez son más los contenidos de carácter delictivo que  transitan por la red y que lo hacen en las zonas no detectables de  Internet, conocidas como 'Deep web'.

Es ahí donde, aprovechando el anonimato, los delincuentes alojan  todo tipo de contenido delictivo, operaciones de comercio ilícito,  tráfico de productos, sustancias o armas. Con la nueva regulación, el  'agente encubierto 2.0.' podrá asumir una identidad virtual falsa  para poder actuar en canales cerrados de comunicación e incluso  intercambiar o enviar archivos ilícitos por razón de su contenido en  el curso de una investigación. Seguirán estando siempre supervisados  por un juez.

Estas herramientas les permitirán acceder con una identidad  supuesta a estas comunidades cerradas, que exigen una identificación  o invitación de alguno de sus miembros, facilitando la identificación  de los autores de los hechos delictivos, así como recabar las  evidencias electrónicas oportunas.

Siempre que se lo autorice un juez, también podrán obtener  imágenes y la grabación de las conversaciones que puedan mantenerse  en los encuentros previstos entre el agente y el investigado, aun  cuando se desarrollen en el interior de un domicilio.

En definitiva, será posible que el agente encubierto se introduzca  por un lado en foros y comunidades de terroristas y, por otro, en los  que se intercambian material de abuso y explotación sexual a menores,  a las que frecuentemente migran los pedófilos, por plataformas más  seguras para ellos, al poder incluir cifrado de los datos, anonimato  y accesos restringidos, según han informado a Europa Press fuentes  policiales.

Los responsables de esta nueva regulación no obvian que para  acceder a estos canales privados, es habitual el solicitar a los  nuevos miembros el envío de fotos y vídeos como prueba 'de buena fe'  por parte de los pedófilos y comprobar así que disponen de este tipo  de material novedoso para empezar a compartir.

El agente encubierto podrá, con autorización judicial,  salvaguardando en todo momento los derechos fundamentales de las  personas implicadas y con el mayor control posible del material  expuesto, intercambiar archivos ilícitos por razón de su contenido  minimizándose en la medida posible el impacto negativo que supone la  difusión de estos contenidos.

Los expertos en la lucha contra la ciberdelincuencia consideran la  figura del agente encubierto en Internet un mecanismo muy eficaz para  la persecución de los delitos concretos que se cometen con la ayuda  de las nuevas tecnologías y, especialmente, en la lucha contra la  pornografía infantil, la pedofilia y el terrorismo (incluyendo a los  "lobos solitarios").

No obstante, las fuentes consultadas hacen hincapié en diferenciar  entre la figura del agente encubierto con la del "agente provocador"  (cuestión esta delimitada en la Jurisprudencia española). Estas  fuentes defienden que los agentes que actúan en labores de Policía  Judicial saben discriminar con sencillez dónde están los límites de  cada uno y ,en ningún caso, se utilizará para incitar la comisión de  un delito a aquella persona que no tuviera la previa determinación de  hacerlo.

El 'agente encubierto 2.0.' --cuya nueva regulación viene recogida  en el artículo 282 de la última reforma de la Ley de Enjuiciamiento  Criminal-- podrá actuar en investigaciones que afecten a actividades  propias de la delincuencia organizada. Esto afecta a un amplio  abanico de delitos como el tráfico de órganos, secuestros, trata de  seres humanos, prostitución, tráfico de armas, narcotráfico o  terrorismo.


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